Ya entonces, se dejó constancia del indiciario atentado que este comportamiento suponía, no sólo contra los principios esenciales de
Uno de los puntos vitales de la polémica consistía en determinar si el acceso se produjo a historiales clínicos anónimos -en términos de las referidas Leyes, a información disociada-, o perfectamente identificados. Pues bien,
Los hechos parecen incontestables así como la vulneración de los principios de información, finalidad y consentimiento, sentados por
El interrogante es inmediato ¿el control del uso del catalán en el desarrollo de la asistencia sanitaria se encuentra entre los habilitado por la Ley 41/2002 para acceder a la historia clínica? En fin, esperemos acontecimientos.
Publicado en Redacción Médica el Martes 18 de Julio de 2006. Número 382.AÑO II




