La Agencia de Protección de D
atos de la Comunidad de Madrid establece el tratamiento que se debe dar al Documento de Identificación Sanitaria Materno-Filial, cuya cumplimentación es obligatoria en la Comunidad de Madrid y que recoge datos identificativos de la madre, del recién nacido y del profesional sanitario que lo cumplimenta, así como datos relativos a las circunstancias del nacimiento y las huellas dactilares de la madre y de su hijo.
Esta Instrucción resulta muy interesante puesto que la emisión de los justificantes generaba hasta la fecha cierta inseguridad en los centros. Así se refleja en las Resoluciones de la Agencia Española de Protección de Datos dictadas sobre esta materia de las que se deduce que se entregaban justificantes médicos a personas no autorizadas por el paciente que posteriormente han sido utilizados en procedimientos judiciales de divorcio y custodia de los hijos y que contenían datos a todas luces excesivos.
Sin duda, la aprobación de este tipo de Instrucciones que facilitan la comprensión y la aplicación de la normativa en un sector como el sanitario, que trata datos que afecta a la esfera más íntima de los ciudadanos, son necesarias aún cuando como en este caso sean aplicables sólo a los centros públicos.
Publicado en Redacción Médica el jueves 21 de enero de 2010. Número 1154. Año VI.



