Noticias De Lorenzo Abogados

01
02
2019

RICARDO DE LORENZO: "LA COMPATIBILIDAD DE MÉDICOS ENTRE PÚBLICA Y CONCERTADA DEBE PERMITIRSE"


La Xunta de Galicia ha decidido no recurrir al Tribunal Supremo el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, emitido el pasado mes de diciembre, que daba la razón a una ginecóloga a quien no se le permitía compatibilizar Medicina pública y privada.

El tribunal deja claro que el hecho de que la profesional trabajase en una clínica con concierto no vulnera la ley de incompatibilidades, ya que solo atañe a la actividad concertada. Es decir, los médicos pueden ejercer en estos centros siempre que no realicen actividad concertada con el Sergas.

Según explica a Redacción Médica Ricardo De Lorenzo, presidente del Bufete De Lorenzo Abogados, esta sentencia tiene su origen en la aplicación en Galicia de La ley 53/1984, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, "norma todavía hoy en vigor".

“Es obligado indicar antes que nada que esta Ley se dictó en cumplimiento del mandato constitucional preceptuado en el art. 103.3 de la Constitución, exigiendo un planteamiento uniforme entre las distintas Administraciones Públicas que garantizara a los interesados un tratamiento común entre ellas, lo que obviamente no se cumple pues dependiendo de la Comunidad que se trate, así se aplica. Ley por otro lado de hace ya 35 años, que en mi opinión está totalmente obsoleta, pues se dictó en un contexto histórico que no es extrapolable a la situación actual”, afirma De Lorenzo.

En su opinión, "es un disparate demonizar al sector privado puesto que de un modo regulado ayuda a mantener los valores del sistema público. Una sociedad democrática y madura es aquella que deja que la gente sea capaz de elegir. Lo que hay que hacer, a largo plazo, es sumar. No podemos dar una respuesta a los problemas del siglo XXI como hace 35 años se hacía. Es una cuestión de inteligencia, de sumar recursos, esfuerzo, y talento".

Según el experto en derecho sanitario “si realizáramos un histórico de las reducciones y congelaciones salariales que han soportado los empleados públicos desde la promulgación de la Ley 53/1984, la función pública española ha retrocedido a los niveles retributivos propios de los años 2003 y anteriores […] Es por eso que debe autorizarse la compatibilidad a todos los profesionales sanitarios del sector público que no atienden a pacientes concertados, aunque trabajen en un hospital con actividad concertada, que es el camino que marca la Sentencia”.



Redacción Médica

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16
01
2019

"SE NECESITA MEJORAR LA GESTIÓN DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL SANITARIA"


El Ministerio de Justicia ha diseñado un anteproyecto de ley que obligará a intentar un proceso de mediación antes de acudir a los juzgados en casos como las separaciones y los divorcios, las sucesiones, el impago de alquileres o hipotecas o las reclamaciones de cantidades inferiores a 2.000 euros.

Y aunque en el anteproyecto se contempla la responsabilidad por negligencia profesional, según explica a Redacción Médica Ricardo De Lorenzo, presidente del Bufete De Lorenzo Abogados, “no creo que este recurso jurídico y social sea tan fácil de incluir en el espacio sanitario pues en España la mediación con las Administraciones Públicas continúa expresamente vedada en la propia Ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles, que la excluyó expresamente en su art. 2.2 de su ámbito de aplicación”.

Según el anteproyecto, el objetivo es fomentar la resolución extrajudicial de conflictos en materia civil y mercantil, tras comprobar que la norma que se aprobó en 2012 para implantar ese modelo con carácter voluntario no ha tenido el impacto esperado.

En este sentido, prosigue Ricardo De Lorenzo, este modelo “tendrá que evolucionar, pues lo deseable es que la Administración y específicamente la sanitaria disponga de alternativas o mejoras en el actual sistema de gestión de la responsabilidad patrimonial sanitaria en vía administrativa, sin pretender sustituir el control judicial que exige el artículo 106 CE, sino complementarlo”.



Redacción Médica

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15
12
2018

RICARDO DE LORENZO INFORMA A LA ASAMBLEA GENERAL DE LA OMC SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE COLEGIACIÓN DE OFICIO


La Organización Médica Colegial (OMC) ha celebrado este fin de semana una nueva Asamblea, en la que además de aprobar el plan estratégico de la institución, Ricardo De Lorenzo tuvo oportunidad de informar a la Asamblea sobre los precedentes estatutarios que establecen la colegiación de oficio en el Derecho corporativo, sopesando los riegos que su adopción comporta desde el Derecho de la Competencia y analizando con detenimiento la confirmación de la legalidad de la medida por nuestro TS en reciente Sentencia de su Sala 3ª de 16 de julio de 2018, definiendo en primer lugar, las bases para la correcta incorporación y puesta en ejecución de la colegiación de oficio en la OMC, proponiendo un tratamiento básico de la colegiación de oficio en el proyecto de nuevos Estatutos Generales y, por otra, ofreciendo un modelo de procedimiento para su incorporación a los Estatutos Particulares de los Colegios Oficiales de Médicos, a partir de la experiencia adquirida, el estudio detenido de los precedentes y la doctrina jurisprudencial.

Igualmente explicó sobre la posibilidad de reformas de las Leyes autonómicas sobre Colegios Profesionales para sancionar administrativamente las conductas de ejercicio profesional irregular. En su opinión ambas medidas son complementarias y compatibles, que persiguen como objetivo incorporar a las Corporaciones Médicas a todos aquellos profesionales que ejercen su actividad sin estar colegiados. Para De Lorenzo “si la incorporación forzada a través de la colegiación de oficio es una medida enderezada directamente a ese fin, la eventual denuncia a la Administración competente de los profesionales en situación irregular y de las empresas que los contratan tiene una finalidad disuasoria de la situación de incumplimiento, aunque no ponga fin directamente a la misma”.



Acta Sanitaria

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Diario Médico

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Médicos y Pacientes

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03
12
2018

DIARIO MÉDICO PREMIA LA LABOR DE DE LORENZO ABOGADOS


Diario Médico ha premiado un año más, y van 17, las Mejores Ideas que la sanidad española ha tenido durante 2018 en un acto celebrado en la Facultad de Medicina de la Universidad de Barcelona.

Diario Médico ha reconocido la labor de De Lorenzo Abogados y Promede por la gestión del servicio de coordinación de conflictos de la Comunidad de Madrid.

El Servicio de Coordinación de Conflictos (SCC) del Servicio Madrileño de Salud (Sermas) ha hecho el primer balance en su primer año de trabajo: “Hasta septiembre de 2018 ha recibido 1.277 reclamaciones por responsabilidad patrimonial. De ellas, 130 se han tramitado a través del SCC, con un plazo aproximado de tramitación de dos meses. De las 130 reclamaciones, 97 han sido finalizadas, de las que 74 fueron aceptadas (41 con acuerdo) y 23 no. Un 17 por ciento de las finalizadas con acuerdo lo han hecho sin el abono de ninguna indemnización”.

Este servicio fue un requisito que aparece en los pliegos del seguro de responsabilidad patrimonial que el Sermas firmó con la aseguradora Sham España. La compañía francesa ha colaborado en impulsar esta idea que tiene a otros protagonistas: la firma especializada en realizar informes periciales Profesionales de la Medicina y el Derecho (Promede) y el despacho de abogados especializado en Derecho Sanitario De Lorenzo Abogados.







Diario Médico

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29
11
2018

DE LORENZO ABOGADOS AMPLIA SUS INSTALACIONES DE MADRID


DE LORENZO ABOGADOS ha ampliado su sede de Madrid en el edificio de su actual sede corporativa, Calle de Velázquez nº 124, incorporando en una nueva planta a parte de sus profesionales de las Áreas Tecnológicas y Auditoras ( Protección de Datos; Cumplimiento Normativo –Compliance-; Propiedad Intelectual; E-Salud e Investigación Clínica.) para asumir el ritmo de crecimiento de la firma.







23
11
2018

LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS: ASÍ AFECTA AL EJERCICIO PROFESIONAL SANITARIO


El Senado ha aprobado el proyecto de la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales en internet y garantía de los derechos digitales, que regula el uso de datos personales de ciudadanos y que implica cambios jurídicos en el tratamiento de datos de los pacientes.

Ricardo De Lorenzo y Aparici, socio director de De Lorenzo Abogados, detalla a Redacción Médica las principales novedades que trae consigo dicha ley que abarca, tanto el articulado del Reglamento Europeo, como nuevos derechos y obligaciones.

"A falta de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y su entrada en vigor, por fin se van clarificando los preceptos inherentes a la actualización normativa en materia de protección de datos, que llevamos "sufriendo" durante no poco tiempo, tanto para las Organizaciones, responsables de los tratamientos de datos, como para los propios pacientes, titulares de esos datos personales", explica.

Delegado de Protección de datos

En materia sanitaria una de las principales novedades es la obligación de designar un Delegado de Protección de Datos. Esta persona, que puede ser interna o externa a la organización, deberá de velar obligatoriamente por el mantenimiento de las historias clínicas de los pacientes. Esta medida afecta a organizaciones como los colegios y consejos profesionales, centros docentes, o los centros sanitarios. La norma exime a los profesionales de la salud que actué a título individual. Es decir, en clínicas privadas donde solo haya un médico al frente. Estos delegados deben de tener conocimientos fundamentados en el derecho.



Redacción Médica

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