De Lorenzo Abogados News

25
05
2023

RICARDO DE LORENZO APARICI: "RESULTA INDISPENSABLE QUE LAS ORGANIZACIONES QUE CONTRATAN A DPOS VALOREN UNA PARTIDA DEDICADA A SU FORMACIÓN CONTINUA"


Ricardo De Lorenzo Aparici es desde el pasado mes de febrero el nuevo Delegado de Protección de Datos (DPO) del Consejo General de la Abogacía Española. Con motivo del quinto aniversario de aplicación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) hemos hablado con él del balance que hace de estos primeros cinco años de su aplicación y de los desafíos que tendrá que afrontar la protección de datos en los próximos años.

Ricardo De Lorenzo Aparici, socio director del Área de Derecho Digital del Bufete De Lorenzo Abogados, ha sido nombrado recientemente nuevo Delegado de Protección de Datos (DPO) del Consejo General de la Abogacía Española.

De lorenzo es experto en transformación digital y cuenta con una dilatada experiencia como abogado multidisciplinar asesorando en materia de protección de datos, transparencia y seguridad de la información a entidades privadas y públicas del sector sanitario. Ha sido delegado de protección de datos de importantes instituciones y organizaciones de este mismo sector.

Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y Máster Universitario de Protección de Datos, Transparencia y Acceso a la Información por la Universidad San Pablo-CEU, el nuevo DPO de la Abogacía es miembro de la Asociación Profesional Española de Privacidad (APEP) y de la Asociación Española para el Fomento de la Seguridad de la Información (ISMS Forum).

Hablamos con Ricardo De Lorenzo por el quinto aniversario de la aplicación del RGPD, del balance que hace de estos cinco años y de los retos a los que se enfrentarán los DPOs en los próximos años.

Diario La Ley

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09
05
2023

OBLIGATORIEDAD DEL CANAL DE DENUNCIAS EN EL SECTOR SANITARIO


La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, incorpora a nuestro derecho la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre del 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión (“Directiva de Whistleblowing”) con el firme propósito de “Resulta importante asentar en la sociedad, la conciencia de que debe perseguirse a quienes quebrantan la Ley y no deben consentirse ni silenciarse los incumplimientos”.

Esta norma además de regular de forma detallada los citados canales de denuncia, también otorga una protección adecuada frente a las represalias que puedan sufrir las personas físicas que informen sobre alguna de las acciones u omisiones supuestamente infractoras o irregulares.

Los sujetos obligados a disponer de canal de denuncias para que se pueda informar de irregularidades son, tanto entidades del sector público como del sector privado. En el sector público están obligados todas las entidades que lo integran en su sentido más amplio, de manera que también se extiende a la obligación a las corporaciones de derecho público, entre los que destacar consejos y colegios profesionales sanitarios.

En el sector privado solo se exime de la obligación de implantar un sistema interno de información a las personas físicas o jurídicas con menos de 50 trabajadores.

La Ley ofrece protección al informante frente a posibles represalias cuando este pudiera alertar sobre alguna de las siguientes irregularidades; infracciones penales o administrativas graves o muy graves; infracciones de derecho laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo; infracciones del derecho de la Unión Europea (materias previstas en el anexo de la directiva 2019/193/: salud pública; protección del medio ambiente; protección frente a las radiaciones y seguridad nuclear; protección de los consumidores; protección de la privacidad y de los datos personales, seguridad de las redes y sistemas de información y contratación pública); que afecten a intereses financieros de la UE; que incidan en el mercado interior, incluidas infracciones en materia de competencias y ayudas otorgadas por los Estados, así como los actos que infrinjan las normas del impuesto sobre sociedades.

La protección de esta norma opera con independencia de si se informa respecto de irregularidades ya cometidas, como aquellas no materializadas, incluso intentos de ocultar alguna de las citadas irregularidades.

Además, la protección no excluirá la aplicación de las normas relativas al proceso penal, incluyendo la instrucción con sus diligencias de investigación.

Igualmente, en el caso de que a través de estos canales se informe sobre acciones u omisiones distintas a las anteriormente enumeradas, los informantes no contaran con la protección dispensada por la Ley, de ahí la importancia de la formación e información sobre el canal de denuncias que se implante tanto en empresas privadas como en el sector público.

Tampoco la protección dispensada por la Ley se extenderá a las obligaciones que resultan de la protección del secreto profesional de los profesionales sanitarios y de la abogacía.

En definitiva, la Ley lo que pretende es proteger a cualquier persona que, en su contexto laboral o profesional en entidades del sector público o privado, conozca o haya obtenido información sobre presuntas infracciones y las haya comunicado a través de los canales previstos en la norma, protección que, además, se extiende a voluntarios, trabajadores en practicas o en periodo de formación con independencia de que perciban o no una remuneración.

En cualquier caso, lo cierto también es que la Ley exige la buena fe del informante. La comunicación o revelación de información falsa, a sabiendas de su falsedad esta sancionado con multas de hasta 300.000 euros.

El incumplimiento de la obligación de disponer de un sistema interno de información puede ser calificado como infracción muy grave, pudiéndose sancionar con multas de 600.001 euros a 1.000.000 euros.

Dato relevante igualmente resulta que la norma prevé expresamente que se puede externalizar a un tercero la gestión del canal denuncias, correspondiendo a ese tercero la recepción de informaciones sobre posibles infracciones.

Un dato temporal importante, es el tiempo: el plazo para implantar el canal de denuncias es de 3 meses desde la entrada en vigor de la norma, recordando que la misma entró en vigor el pasado 13 de marzo.

No obstante, para las entidades jurídicas del sector privado con menos de 249 trabajadores y municipios de menos de 10.000 habitantes se amplía el plazo hasta el 1 de diciembre de 2023.

Debemos insistir y recordar que nuestro sector sanitario debe tener en cuenta las novedades y modificaciones normativas, la jurisprudencia, informes de instituciones publicas y privadas, a fin de elaborar instrucciones, directrices, protocolos, y políticas internas, que debe ser conocidos y aplicados por todos los miembros de la organización, siendo la obligatoriedad del canal de denuncias en el sector sanitario una más de obligada aplicación tanto en el sector publico como en empresas privadas de 50 o más trabajadores.

Artículo de Ofelia De Lorenzo.

New Medical Economics

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28
04
2023

EL CONSEJO GENERAL DE DENTISTAS OFRECERÁ ASESORAMIENTO A COLEGIOS Y COLEGIADOS EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS


El Consejo General de Dentistas pone a disposición de los Colegios Oficiales de Dentistas y colegiados asesoramiento en materia de protección de datos a través de su DPO, De Lorenzo Abogados.

Ricardo De Lorenzo Aparici y Óscar Castro Reino han firmado un contrato por el que la Organización Colegial arrienda los servicios profesionales de la firma legal, circunscribiéndose la prestación a un servicio de contacto DPO para la resolución de consultas jurídicas y/o revisión de la documentación relacionada con protección de datos.

El contacto DPO tendrá la función de informar y asesorar al Colegio Oficial/colegiado del tratamiento de datos sobre:

- Nuevos proyectos que impliquen tratamientos de datos.

- Medidas técnicas y organizativas para reducir el riesgo en los derechos e intereses de los ciudadanos.

- Regulación en materia de transferencias internacionales de datos.

- Adopción de normas corporativas vinculantes.

- Adopción de códigos de conducta.

- Asesoramiento en la gestión de incidentes de seguridad.

- Información y asesoramiento en la formación que debería impartir el responsable o encargado del tratamiento de datos.

- Asesoramiento relativo al registro de actividades del tratamiento de datos.

- Asesoramiento en la gestión de derechos ARCO POL.

- Asesoramiento en la asignación de responsabilidades y funciones, sobre todo respecto de la designación de un DPO.

- Asesoramiento en la gestión de riesgos y evaluaciones de impacto.

- Resolución de consultas jurídicas al DPO de los Colegios de Dentistas.

Asimismo, supervisará el grado de cumplimiento al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en relación con la documentación que maneja el Colegio Oficial/colegiado (cláusulas, contratos, convenios, web, cartelería, procedimientos, protocolos, tareas o registros internos, etc.).

En ningún caso, el ejercicio de estas funciones realizadas supone que la firma De Lorenzo Abogados sea considerada DPO del colegiado o del Colegio de Dentistas que realice la consulta, puesto que solo lo asesorará en nombre y representación del Consejo General de Dentistas.

Las consultas de Colegios de Dentistas y colegiados se realizarán a través de un formulario ubicado en la página web del Consejo https://consejodentistas.es/dentistas/proteccion-de-datos.html, al que podrán acceder introduciendo su clave RIDO.



Consejo General de Dentistas

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28
04
2023

ESPAÑA MIRA A ISRAEL PARA LEGISLAR LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL EN SANIDAD


Ante el avance de las nuevas tecnologías y la creciente incorporación de la inteligencia artificial a los diferentes ámbitos de la Medicina, son varios los países que están legislando sobre salud digital. España, por el contrario, se encuentra en una situación en la que ninguna ley concreta su uso y se enfrenta a un ‘vacío legal’ que le hace quedarse atrás en la carrera por la digitalización del país. “No existe como tal una legislación firme y clara que promueva la transformación digital en sanidad que España necesita”, afirma Ricardo De Lorenzo Aparici, director del Área Digital del Bufete De Lorenzo Abogados, y pone la ‘mira’ española en Israel, el país “más destacado”.

“Con tan solo nueve millones de habitantes, ya en 2018 desembolsó 234,3 millones de euros en salud digital. Además, la provisión de servicios digitales de salud no está regulada por ninguna ley, sino por diversas circulares del Ministerio de Salud israelita”, subraya De Lorezno. Un modelo en el que España podría fijarse para dar un impulso a la normativa en salud digital que el país carece: “En Israel existen alrededor de 500 start ups de salud digital y buenos hospitales. La clave de ello reside, en buena medida, en la gestión del big data. Poner los datos a disposición de los investigadores y empresas, que es un paso esencial para conseguir una Medicina preventiva y personalizada, ajustada a las necesidades de cada ciudadano”.

De Lorenzo especifica que en España existe un “entramado de leyes” que pueden complementarse unas a otras en esta materia, pero aboga por promover proyectos en la línea de la “transformación digital” en sanidad. El abogado señala que para que España dé un impulso a la normativa en salud digital, debería aplicar la inyección económica que suponen los fondos europeos. “España está muy verde en legislación de salud digital. La verdad es que no tenemos una regulación específica para la sanidad digital, lo que genera una gran incertidumbre jurídica que no facilita seguridad en la práctica”, añade.

Sanidad digital sin soporte legal

La pandemia de Covid-19 ha puesto sobre la mesa alternativas a la hora de gestionar consultas médicas como la telemedicina, que ha logrado dar un ‘salto’ durante la época más complicada del coronavirus, según explica De Lorenzo: “La pandemia ha traído una atención no presencial que se ha producido de una manera generalizada en las peores etapas de la pandemia, desarrollándose una sanidad digital sin una ley específica que la regule”.

Esa situación ha hecho “acelerar” la implantación generalizada de esa vía, que antes del Covid-19 no eran más que “reparos interpretativos”, tal y como indica De Lorenzo. El abogado indica que la “informatización de las historias clínicas” y su digitalización pusieron la primera ‘piedra’ en el camino de legislar en salud digital. “Fue en ese momento cuando se empezaron a introducir algunas previsiones en la normativa de documentación clínica, básicamente consistente en remisiones a la legislación de protección de datos”, añade.

Europa, dando pasos en telemedicina con Alemania y Francia

En cuanto a la situación de la Unión Europea, a pesar de que ningún país está a la altura de Israel, De Lorenzo señala a Francia y Alemania como los estados más avanzados en sanidad digital: “Alemania es un referente a la hora de legislar. Tiene desde el año 2019 el ‘Digital Healthcare Act’, con el que los médicos pueden recetar aplicaciones de salud digitales a los pacientes, incluyendo apps de salud digital. También está el programa francés ‘My health 2022’, con el que se da lugar a la creación de una plataforma de salud digital y se aprovecha el uso de la inteligencia artificial en el ámbito sanitario”.

Por otro lado, el abogado incide en que el club de los 27 está desarrollando una “línea de actuación clara” en la que intenta “respetar los intereses en juego”. Explica que el Ejecutivo comunitario trasladó en diciembre del 2020 su propuesta de ley de Servicios Digitales y de Mercados Digitales al Parlamento Europeo. “Lo cual facilitará en un futuro próximo la adecuación de las legislaciones de los países miembros a esta realidad de una manera más o menos uniforme”, argumenta.

No obstante, hasta que no exista una normativa específica que regule la salud digital en España, De Lorenzo afirma que se deberá aplicar la normativa relativa al comercio electrónico, protección de datos, autonomía del paciente y la propia legislación autonómica para la “autorización del servicio”.



Redacción Médica

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19
04
2023

OFELIA DE LORENZO, NUEVA PRESIDENTA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE DERECHO SANITARIO


Ofelia De Lorenzo, Socia-Directora del Área Jurídico Contenciosa en De Lorenzo Abogados, ha sido elegida por los miembros de la Asociación Española de Derecho Sanitario (AEDS) como nueva presidenta de la entidad por un mandato de cuatro años, sustituyendo a Ricardo De Lorenzo, que ha estado al frente de la presidencia desde 1992. La votación tuvo lugar en el marco de la Asamblea General Extraordinaria celebrada este miércoles y la elección ha contado con una alta participación y respaldo por la fructífera gestión de la Asociación en el anterior período. Asimismo, Ricardo De Lorenzo Aparici, Socio-Director del Área de Derecho Digital en De Lorenzo Abogados, pasa a formar parte de la junta de la AEDS como vocal 4º.

Entre las actividades más destacadas llevadas a cabo en el último año destaca la celebración del XXVIII Congreso Nacional de Derecho Sanitario celebrado en octubre del año pasado, con más de 450 asistentes; así como la convocatoria del VIII Premio Nacional de Derecho Sanitario, que cuenta con el patrocinio de las Fundaciones A.M.A y De Lorenzo, dotado en esta edición con un premio en metálico de 12.000 euros , junto a una nueva edición del Máster Universitario en Derecho Sanitario, en la Universidad Camilo José Cela.

Para Ofelia De Lorenzo, nueva presidenta de la Asociación Española de Derecho Sanitario (AEDS), “es un honor representar a una Asociación que ha ido creciendo a pasos agigantados desde sus inicios”. Así, ha puesto en valor la labor y trayectoria de su antecesor en el cargo, convirtiendo a la AEDS en un “auténtico referente en el ámbito del Derecho Sanitario” y ha subrayado que “todavía queda mucho por hacer en esta rama y nuestra misión será la de apoyar a todos los profesionales que se dedican a la misma”.

La delimitación y autonomía del Derecho Sanitario ha vivido en España un importante proceso de desarrollo y consolidación durante las últimas décadas. Ofelia De Lorenzo ha incidido en que “el desarrollo del Derecho Sanitario en nuestro país se explica también por la preocupación creciente de los profesionales, en especial de los médicos, ante el incremento de la conflictividad en su relación con los pacientes, que desemboca en numerosas ocasiones en la vía judicial, ya sea civil, penal o administrativa, y que produce en aquéllos una notable sensación de inseguridad y la consiguiente tendencia hacia la práctica de lo que se ha venido denominando como “medicina defensiva”.

La junta directiva de la AEDS queda conformada por:

PRESIDENTA: OFELIA DE LORENZO APARICI. Abogada, Socia-Directora del Área Jurídico Contenciosa en De Lorenzo Abogados

VICEPRESIDENTE 1º: JUAN ABARCA CIDÓN. Doctor en Medicina y Abogado, Presidente del Grupo HM Hospitales

VICEPRESIDENTE 2º: FEDERICO DE MONTALVO JÄÄSKELÄINEN. Vicerrector de Relaciones Institucionales y Secretario General de la Universidad Pontificia de Comillas

VICEPRESIDENTA 3ª: RAQUEL MURILLO SOLÍS. Directora General Adjunta y Directora del Ramo de Responsabilidad Civil de Agrupación Mutual Aseguradora (A.M.A.)

SECRETARIO GENERAL: ALFONSO ATELA BILBAO. Abogado, Co-Director de la Asesoría Jurídica del Colegio de Médicos de Bizkaia

TESORERA: MERCEDES ARNÁS RODRÍGUEZ. Doctora en Medicina por la Universidad San Pablo CEU; Licenciada en Odontología y Diplomada y en Enfermería

VOCAL 1º: LUIS CALVO SÁNCHEZ. Abogado, Profesor Titular de Derecho Administrativo de Facultad de Derecho de la Universidad de Burgos

VOCAL 2º: ÍÑIGO DE MIGUEL BERIAÍN. Abogado, Investigador Distinguido. Derecho Público. Universidad del País Vasco /Euskal Herriko Unibersitatea

VOCAL 3º: IGNASI PIDEVALL I BORRELL. Abogado, Director Jurídico del Colegio Oficial de Médicos de Barcelona.

VOCAL 4º: RICARDO DE LORENZO APARICI. Abogado, Socio-Director del Área de Derecho Digital en De Lorenzo Abogados

VOCAL 5º: JOAQUÍN CAYÓN DE LAS CUEVAS. Abogado, Director del Grupo de Investigación en Derecho Sanitario y Bioética. IDIVAL-UNIVERSIDAD DE CANTABRIA y Secretario General de la European Association of Health Law.

VOCAL 6º: CARMEN MARISCAL DE GANTE RUZAFA. Médico Forense y Odontóloga.

VOCAL 7º: ANA MARCOS DEL CANO. Abogada, Catedrática de Filosofía del Derecho de la UNED

VOCAL 8º: MARIANO CASADO BLANCO. Médico especialista en Medicina Legal y Forense, Jefe del Servicio de Laboratorio Forense del Instituto de Medicina Legal de Badajoz y Profesor del Área de Medicina Legal y Forense de la Facultad de Medicina de Badajoz

VOCAL 9º: ÁLVARO ECHEVARRÍA JUARA. Abogado, Director de la Asesoría Jurídica del Consejo General de Farmacéuticos.



30
03
2023

EL NUEVO CÓDIGO DE DEONTOLOGÍA MÉDICA ES EL MAYOR COMPROMISO DE LA PROFESIÓN CON LA SOCIEDAD Y LOS PACIENTES


El salón Ernest Lluch del Congreso de los Diputados, sede de la soberanía nacional, ha acogido la presentación del nuevo Código de Deontología Médica aprobado por la Asamblea General del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España (CGCOM) en un acto que ha contado con la participación del nuevo ministro de Sanidad, José Manuel Miñones; la vicepresidenta segunda de la cámara baja, Ana Pastor; la presidenta de la Comisión de Sanidad de esa misma cámara, Rosa Romero; y el presidente del Consejo General de Médicos, Dr. Tomás Cobo.

El nuevo Código de Deontología Médica sitúa a la profesión médica española a la vanguardia en el mundo con un texto que, además de adaptarse a los cambios sociales y científicos de los últimos años, recoge nuevos ámbitos de la Deontología hasta ahora inéditos. Así, incluye nuevos capítulos en el que se regulan aspectos deontológicos novedosos como la telemedicina, los médicos y las redes sociales, la seguridad del paciente, las grandes bases de datos sanitarias y la inteligencia artificial aplicada a la Medicina, entre otros.

El Código español se fundamenta en los principios universales de la Medicina y se alinea con el Código Ético de la Asociación Médica Mundial, aprobado en octubre de este año y que, junto a la declaración de Ginebra de 1948 y la de Helsinki de 1964, constituyen la esencia de la profesión médica en el mundo. Este nuevo texto, que sustituye al aprobado en el año 2011, se sitúa entre los Códigos de Deontología Médica más modernos del mundo por su contenido y desarrollo.

Dr. Tomás Cobo: “El Código Deontológico constituye el elemento clave de la autorregulación de nuestra profesión”

Durante su intervención, el presidente del CGCOM e impulsor de esta iniciativa, Dr. Tomás Cobo, ha resaltado que “este nuevo Código supone la renovación del contrato social de la corporación y de la profesión con la sociedad, a través de la actualización de nuestras normas y comportamientos éticos, cuyo fin último es mejorar la asistencia sanitaria, garantizar la seguridad del paciente y realizar la mejor Medicina posible. Este Código se alinea con los tres principios universales que hoy reconoce la medicina: el principio de primacía del bienestar del paciente, el principio de autonomía del paciente y el principio de justicia social”.

El Dr. Cobo ha puesto de relieve que el documento constituye el elemento clave de la autorregulación de nuestra profesión y que éste nace del consenso con un espíritu moderno y con capacidad de adaptación a las nuevas circunstancias que los pacientes, la sociedad o la profesión médica puedan exigir en el futuro.

Finalmente, ha explicado que “si hay algo unánime en este documento es que solo busca hacer el bien, y hacerlo dentro de las leyes que emanan de esta casa. Nuestro Código recoge todos los criterios, las normas y los valores que asumimos como profesionales médicos”.

José Manuel Miñones: “Este Código nos da la oportunidad de comprender el valor social de la profesión médica”

El ministro de Sanidad, José Manuel Miñones,ha clausurado el acto asegurando que “hoy, con este Código, presentamos una de las más útiles herramientas para la práctica clínica de miles de profesionales, a quienes dota de seguridad para el ejercicio de su profesión”.

Por otra parte, Miñones ha destacado los conceptos que más se mencionan en el Código: respeto, seguridad, responsabilidad y lealtad: “Este Código nos ayuda a entender mejor vuestra vocación de servicio a las personas, define lo que es la Medicina y nos da la oportunidad de comprender el valor social de vuestra profesión. Sois su mejor garantía”.

Por último, ha finalizado su intervención reconociendo “el desarrollo profesional y la profunda sensibilidad con la que los médicos afrontáis cada día vuestra práctica”. “Suponéis, sin duda, el patrimonio de mayor valor del conjunto de la sociedad”, ha concluido.

Ana Pastor: “El nuevo Código de Deontología sirve para identificar mejor los valores, las virtudes y los deberes esenciales de la práctica médica”

Ana Pastor ha afirmado que este nuevo Código de Deontología “sirve para identificar mejor los valores, las virtudes y los deberes esenciales de la práctica médica, y mantener los niveles de competencia de nuestra profesión”.

Los principios éticos universales se mantienen universales a lo largo de los siglos: “los médicos deben ver al paciente como un ser humano, respetar la dignidad de la persona y tener una actitud constructiva y de cuidado”. Integridad, autonomía, justicia e igualdad, ha afirmado, “son principios que corresponden al ejercicio de una profesión que tiene que estar siempre al servicio de la sociedad”.

Rosa Romero: “Este Código contribuirá a mejorar la asistencia sanitaria, que es lo más importante: garantizar la seguridad del paciente y realizar la mejor medicina posible”

Rosa Romero ha hecho destacado que “ser médico es una decisión que se toma cuando uno quiere dedicar su vida a la entrega por los demás, sin importar las noches de estudio, las largas horas de guardia o la gran responsabilidad que esta profesión trae consigo”. Estos profesionales son “seres valientes que merecen todo nuestro reconocimiento y nuestra gratitud, que trabajan día a día para brindarnos el cuidado y la atención cuando más lo necesitamos. Su dedicación y compromiso con los pacientes los convierten en seres excepcionales”.

“Este Código de Deontología contribuirá a mejorar la asistencia sanitaria, que es lo más importante: garantizar la seguridad del paciente y realizar la mejor medicina posible. Esto es algo esencial, porque todos los ciudadanos, en algún momento de la vida, somos pacientes", ha destacado Romero.

Dr. Domínguez Roldán: “Con este nuevo Código los médicos españoles hacemos una manifestación pública de nuestro compromiso ético con el paciente”

El Dr. José María Domínguez Roldán ha reconocido el esfuerzo que ha supuesto la actualización del Código de Deontología Médica: “hemos realizado un largo camino de seis años, interrumpidos por la pandemia, trabajando de modo continúo e intenso para sacar adelante el mejor Código de toda Europa”.

Además, según ha explicado, no se trata de un Código estático e inamovible, sino que está abierto a futuros cambios, los cuales se realizarán, sin tener que esperar a una nueva edición global del Código, a través de declaraciones aprobadas por la Asamblea General de colegios de médicos de España.

“Este no es un Código para poner en una biblioteca, ni para adornar una página web de una corporación. Este es un Código que representa los principios universales de la Medicina, adaptados al entorno social actual”, ha indicado el Dr. Domínguez Roldán. “Hoy, en la sede del Congreso de los Diputados, con este Código todos los médicos españoles hacemos una manifestación pública de nuestro compromiso ético con el paciente y la sociedad española”, ha finalizado.

Los representantes de los pacientes agradecen al CGCOM “el compromiso y las garantías” aportadas por el nuevo Código de Deontología Médica

Andoni Lorenzo, presidente del Foro Español de Pacientes, ha aprovechado su intervención para mostrar al CGCOM su agradecimiento por contar con los pacientes en la elaboración del nuevo Código de Deontología Médica: “Para los pacientes, sin duda, este Código es una muestra de garantía y compromiso que adquieren nuestros médicos en relación con la asistencia que prestan a la ciudadanía. Es un instrumento de calidad, equidad y responsabilidad”.

En la misma línea, Carina Escobar, presidenta de la Plataforma de Organizaciones de Pacientes (POP), también ha expresado su agradecimiento a la institución médica por colaborar con los pacientes en la elaboración del escrito: “La excelencia profesional debe ir de la mano de la sensibilidad en el trato a los pacientes, especialmente en aquellos más frágiles y vulnerables”.

Además, ha incidido en el acierto de este nuevo Código de Deontología Médica respecto a las peticiones que se han venido realizando desde la POP. Por otra parte, Escobar ha querido resaltar los nuevos ámbitos que recoge este Código, “relacionados con retos presentes y futuros ligados a la Seguridad del Paciente, la Telemedicina, Inteligencia Artificial, la medicina personalizada y las grandes bases de datos sanitarias”.

Dr. Rodríguez Vicente: este Código pretende mejorar la asistencia sanitaria

El Dr. José Mª Domínguez Vicente, secretario general del CGCOM, que ha ejercido como maestro de ceremonias del acto, ha destacado en su introducción que la renovación de este texto supone la mayor representación del compromiso de los médicos con su sociedad, “un compromiso para mantener una elevada competencia profesional, mejorar la calidad asistencial, facilitar el acceso a la atención médica, lograr una distribución justa de los recursos o fomentar el conocimiento científico, entre muchos otros aspectos”.

Apoyo de las principales órdenes médicas europeas y mundiales

Durante el acto de presentación se proyectaron mensajes de los máximos representantes de las principales órdenes médicas europeas y de la Asociación Médica Mundial en los que ponían el valor la trascendencia y modernidad del nuevo Código ético español del CGCOM.

Así, el Dr. Frank Montgomery, presidente del Consejo de la Asociación Médica Mundial (AMM), ha felicitado a los representantes de la profesión médica en España por impulsar lo que supondrá “la piedra angular” para la comunidad médica hispanohablante. “Estoy seguro de que muchos otros países lo usarán ya que es importante que compartamos los mismos principios éticos en todos los idiomas y en todos los lugares del mundo”, ha indicado.

Según Vassilios Papalois, presidente de la Unión Europea de Médicos Especialistas (UEMS), este nuevo Código presenta un esperanzador horizonte para la profesión médica: “Al analizar este nuevo Código, se trata claramente de un Código progresista, inclusivo y pragmático, y creo que se ajusta a la definición aristotélica de la esencia de la ética médica que no es otra cosa que servir al bienestar de los seres humanos”.

En la misma línea, el Dr. Christiaan Keijzer, presidente del Comité Permanente de Médicos Europeos (CPME), ha alabado la contribución y liderazgo del CGCOM a la ética médica: “Defender los principios deontológicos es esencial para promover la seguridad del paciente, crear confianza y mantener la integridad de la profesión médica. Agradecemos al CGCOM su liderazgo y visión de futuro a la hora de tratar estos retos éticos”

Un Código de todos y para todos

El proceso de aprobación del Código, que tuvo que verse interrumpido por la pandemia, se reanudó a principios del año 2022, y en él han tenido participación todos los Colegios de Médicos de España a través de aportaciones y comentarios de las diferentes versiones realizadas. La Comisión Central de Deontología del CGCOM, presidida por el Dr. José Mª Domínguez Roldán, ha coordinado no solamente las distintas versiones del Código, sino que también ha servido de órgano asesor a la Asamblea General de la corporación durante todo este proceso.

El nuevo documento, que marca los ámbitos éticos y deontológicos para los médicos españoles, se ha gestado en diversas reuniones a lo largo del año, con un proceso de deliberación y discusión democrática y extensa de la Asamblea General del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos que finalizó el 17 de diciembre.



Médicos y Pacientes

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Código de Deontología Médica

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