El Gobierno aprueba el anteproyecto de reforma de laLey de Prevención de Riesgos Laborales

El Gobierno aprueba el anteproyecto de reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

El Consejo de Ministros ha aprobado el 28 de abril de 2026 el anteproyecto de ley por el que se modifican la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, el Reglamento de los Servicios de Prevención y el Estatuto de los Trabajadores, con el objetivo de adaptar el marco preventivo a los nuevos riesgos del entorno laboral actual.

Nuevos riesgos laborales contemplados en la reforma de la Ley 31/1995

 

La reforma pretende ampliar la protección de las personas trabajadoras frente a riesgos que, en muchos casos, ya estaban presentes en las empresas, pero que ahora adquieren una mayor relevancia normativa: riesgos psicosociales, ergonómicos, digitales, climáticos y vinculados a la salud mental.


Una de las principales novedades es que los daños derivados del trabajo podrán ser no solo físicos, sino también mentales, cognitivos, conductuales, sociales o emocionales, lo que supone un cambio relevante en la forma de entender la prevención. La salud mental y los riesgos psicosociales se mencionan expresamente y serán objeto de desarrollo reglamentario específico.


El anteproyecto también refuerza la necesidad de integrar la perspectiva de género y edad en la gestión preventiva, así como la adaptación del trabajo a las características personales de cada trabajador. Esto tendrá especial impacto en sectores con plantillas diversas, turnicidad, carga física, exposición emocional o reincorporaciones tras bajas prolongadas.


Asimismo, el texto incorpora la obligación de tener en cuenta los riesgos derivados de la digitalización, el teletrabajo, los fenómenos meteorológicos adversos y el cambio climático, que deberán valorarse en la evaluación de riesgos y en la planificación preventiva.

Cambios organizativos y próximos pasos

 

Desde el punto de vista organizativo, la reforma también prevé cambios relevantes: nuevas exigencias en materia de formación preventiva, refuerzo del papel de los delegados de prevención, revisión de los servicios de prevención propios y ajenos, y medidas específicas para mejorar la prevención en pequeñas empresas.


Conviene recordar, no obstante, que por ahora estamos ante un anteproyecto de ley. La reforma deberá continuar su tramitación antes de convertirse en norma vigente. Por tanto, no estamos todavía ante obligaciones plenamente aplicables, pero sí ante una señal clara de hacia dónde evolucionará la prevención de riesgos laborales en los próximos meses.

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Preguntas Frecuentes

FAQS

¿Cuándo comienza a contar el plazo de prescripción en casos de lesiones neurológicas tras un parto?
El plazo de prescripción comienza cuando el perjudicado puede conocer de forma razonable el alcance real del daño sufrido. Si las secuelas se manifiestan o se confirman clínicamente años después, el plazo no empieza necesariamente en el momento del parto.
¿Qué significa que las lesiones no estén “estabilizadas”?
Una lesión no está estabilizada cuando sigue existiendo evolución clínica o incertidumbre diagnóstica sobre su alcance definitivo. Mientras exista esa evolución o falta de certeza médica, no puede fijarse con claridad el momento para iniciar el cómputo de la prescripción.
¿Qué es el principio “actio nondum nata non praescribitur”?
Es un principio jurídico que significa que una acción no puede prescribir antes de que nazca. En estos casos, implica que el plazo de prescripción no puede comenzar mientras el perjudicado no tenga conocimiento suficiente del daño y de sus consecuencias.
¿Puede una resolución de discapacidad marcar el inicio del plazo de prescripción?
Sí, en algunos casos puede considerarse como referencia el momento en que se reconoce oficialmente el grado de discapacidad, ya que puede ser el punto en el que se determina con mayor claridad la entidad del daño sufrido.
¿Por qué es relevante esta sentencia del Tribunal Supremo?
La sentencia refuerza la protección de los pacientes y perjudicados en casos de responsabilidad sanitaria, especialmente cuando las lesiones aparecen o se diagnostican años después del parto, evitando que las aseguradoras puedan alegar prescripción antes de que el daño sea plenamente conocido.