El pasado 29 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, la Orden 1940/2005, de 23 de diciembre, del Consejero de Sanidad y Consumo, por la que se crean y regulan
La Comunidad de Madrid, viene así a trazar una pormenorizada regulación en torno a las instrucciones previas, ya contempladas en el artículo 28 de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, y desarrolladas en la Ley 3/2005, de 23 de mayo, por la que se Regula el ejercicio del derecho a formular instrucciones previas en el ámbito sanitario y se crea el registro correspondiente. La importancia de tal regulación se evidencia ante el hecho de que las instrucciones previas, no son sino una manifestación concreta del consentimiento informado, pues pese a tratarse de una expresión anticipada de la voluntad, requieren la previa recepción de la información pertinente, pudiendo el interesado retirar libremente el consentimiento manifestado.
Todos
Publicado en Redacción Médica el Martes 10 de Enero de 2006.Número 253. AÑO II



