Estatuto del Becario: El Gobierno aprueva el proyecto de ley que cambia las prácticas en las empresas
El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley del Estatuto de las personas en formación práctica no laboral en el ámbito de la empresa, conocido como Estatuto del Becario. La norma, impulsada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, tiene como objetivo regular de forma específica las prácticas no laborales y evitar el uso fraudulento de becarios como sustitutos de trabajadores.
Aunque todavía deberá tramitarse en las Cortes Generales para su aprobación definitiva, el texto anticipa un cambio relevante en la regulación de las prácticas formativas en España, introduciendo nuevos derechos para las personas en prácticas y mayores obligaciones para las empresas.
Fin del “falso becario”: cuándo existe realmente una práctica formativa
Uno de los elementos clave del proyecto es delimitar claramente la diferencia entre relación laboral y actividad formativa.
Las prácticas solo podrán realizarse cuando estén vinculadas a:
- Estudios universitarios (grado, máster o doctorado).
- Formación Profesional.
- Programas formativos del sistema público de empleo.
- Enseñanzas artísticas o deportivas.
Además, deberán formalizarse por escrito mediante un acuerdo específico, que incluya:
- Un plan formativo individual.
- Doble tutorización (empresa y centro formativo).
- Identificación clara de los objetivos formativos.
Si la persona en prácticas realiza funciones propias de un trabajador o sustituye a personal de la empresa, se presumirá la existencia de relación laboral.
Nuevos derechos para las personas en prácticas
El proyecto de ley introduce una carta de derechos para las personas en formación práctica no laboral, entre los que destacan:
- Compensación de gastos derivados de las prácticas (transporte, alojamiento o manutención).
- Derecho al descanso y acceso a servicios del centro de trabajo en condiciones similares a la plantilla.
- Protección frente al acoso o discriminación.
- Derecho a contar con tutor profesional y seguimiento formativo.
Asimismo, se establece que cada tutor no podrá supervisar más de cinco personas en prácticas.
Límites a la duración y número de prácticas
La norma también introduce límites concretos para evitar abusos.
Entre los más relevantes:
- Las prácticas extracurriculares universitarias no podrán superar el 15% de los créditos ECTS ni, en todo caso, 480 horas.
- Las prácticas curriculares podrán alcanzar hasta el 25% de los créditos ECTS.
- En títulos propios universitarios de al menos 60 créditos, las prácticas podrán durar hasta tres meses.
- El número de personas en prácticas no podrá superar el 20% de la plantilla del centro de trabajo.
Régimen sancionador reforzado
El proyecto incorpora un régimen sancionador más severo para las empresas que incumplan la normativa.
Las sanciones previstas pueden alcanzar:
- 7.501 a 30.000 € (infracciones leves).
- 30.001 a 120.005 € (infracciones graves).
- 120.006 a 225.018 € (infracciones muy graves).
La Inspección de Trabajo tendrá un papel central en la supervisión de estas prácticas.
Conclusión
El futuro Estatuto del Becario pretende reforzar el carácter formativo de las prácticas y evitar su utilización como una forma encubierta de empleo precario.
Para las empresas, esto implica revisar sus programas de prácticas, reforzar el contenido formativo y documentar adecuadamente los acuerdos con centros educativos.
En De Lorenzo Abogados asesoramos a empresas en la correcta implementación de prácticas formativas y en la adaptación a las nuevas exigencias del Derecho del Trabajo.


