De Lorenzo Abogados News

26
06
2024

ADMITIDO A TRÁMITE EL RECURSO DEL CONSEJO GENERAL DE MÉDICOS CONTRA REAL DECRETO RELATIVO AL TEST DE PROPORCIONALIDAD


La sala tercera de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) contra Real Decreto 435/2024, de 30 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 472/2021, de 29 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2018/958, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de junio de 2018, relativa al test de proporcionalidad antes de adoptar nuevas regulaciones profesionales.

El Consejo General de Médicos celebra la admisión a trámite y reitera su total rechazo a la atribución por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), de la evaluación previa a la aprobación de los Códigos Deontológicos de los Colegios Profesionales de ámbito nacional y de los Consejos Generales, que en el ámbito sanitario sería el Consejo General de Médicos.

El presidente del Consejo General de Médicos, Dr. Tomás Cobo, subraya que “la presencia de los Colegios Profesionales en una sanidad global es irrenunciable. Y lo es porque la salud es un bien que resiste a contemplaciones objetivas de cambio de bienes y servicios y se enuncia en términos de bienestar físico y social que reclaman enunciarse desde premisas de ética y solidaridad, como corresponde a un derecho anclado en la dignidad de la persona. Al margen del papel normativo de las Administraciones Públicas en la garantía del acceso a las prestaciones de los sistemas asistenciales públicos, la persecución del bien salud requiere unas condiciones de confianza entre los actores sociales y de avance en las condiciones de los profesionales que lo proveen, que determinan que sean los Colegios los únicos garantes del disfrute de prestaciones sanitarias en condiciones de solidaridad, ética y progreso en la formación y en la calidad asistencial”.

En esta misma línea, el Dr. Cobo enfatiza que “el sentido preciso de la Organización Médica Colegial es la co-gobernanza, y el Código de Deontología es la clave de la responsabilidad que delega la Administración en la profesión médica, lo que hace inconcebible que un órgano puramente económico regule la relación médico-paciente.”

Por otra parte, Ricardo De Lorenzo, director de los servicios jurídicos de la corporación recalca que “la iniciativa indicada modificatoria del Real Decreto 472/2021, no se ajusta a Derecho. Ni los Códigos Deontológicos en general, ni el de la Organización Médica Colegial -de reciente aprobación (2022)- en particular, tienen la consideración de “disposiciones legales o reglamentarias que introduzcan o modifiquen requisitos para el ejercicio de las profesiones reguladas o su ejercicio” que deban ser sometidas durante su proceso de elaboración a una evaluación previa de proporcionalidad con arreglo al Real Decreto 472/2021. Ni tampoco los Colegios Oficiales de Médicos ni la OMC tienen la condición de “autoridades competentes para la regulación” de conformidad asimismo con dicho Reglamento”.

El CGCOM presentó las alegaciones el paso mes de octubre

La admisión a trámite, ayer, del recurso interpuesto por el CGCOM arranca un nuevo proceso, éste contencioso, que se inició en septiembre con el conocimiento, por parte de la corporación médica, de la audiencia abierta del proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 472/2021, de 29 de junio, relativo al test de proporcionalidad. En octubre fue abordado de forma urgente por la Asamblea General del CGCOM que concluyó en la presentación de alegaciones a este proyecto. Ya en 2024 se publicaron al respecto los informes del Consejo Económico y Social (CES) y de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), ambos en enero, hasta que el pasado mes de mayo fue publicado el Dictamen nº 458/2024 del Consejo de Estado.

Médicos y Pacientes

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26
06
2024

OFELIA DE LORENZO, ENTRE LAS PERSONALIDADES QUE COMPONEN EL JURADO DE PRESTIGIO PARA LOS XIX PREMIOS A LA ADMINISTRACIÓN SANITARIA DE SANITARIA 2000


Este jueves los protagonistas del sector sanitario español se dan cita en Madrid, en la Gala de la Sanidad Española. Un evento organizado por Redacción Médica que a su vez servirá como marco ideal para la entrega de los XIX Premios a la Administración Sanitaria.

Los galardones, que este año cumplen su decimonovena edición, pondrán en valor el trabajo realizado a lo largo del año tanto por personalidades del Ministerio de Sanidad, como por los gobiernos autonómicos, con especial atención a las Consejerías del ámbito sanitario.

Asimismo, y como en cada año, la concesión de estos premios viene amparada por un Jurado de prestigio que condensa a importantes personalidades del sector sanitario. Para la XIX edición, está conformado por:

Juan Abarca Cidon. Presidente del Fundación IDIS (Instituto para el Desarrollo e Integración de la Sanidad).

Jesús Aguilar Santamaría. Presidente del Consejo General de Colegios Farmacéuticos .

Juana Carretero Gómez. Presidenta de la Sociedad Española de Medicina Interna (SEMI).

Óscar Castro Reino. Presidente del Consejo General de Odontólogos y Estomatólogos de España

Tomás Cobo Castro. Presidente del Consejo General de Médicos.

Ofelia De Lorenzo. Abogada y Presidenta de la AEDS Asociación Española de Derecho Sanitario.

Javier García Alegría. Presidente de la Federación de Asociaciones Científico Médicas (FACME)

Francisco García Río. Presidente de la Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica (SEPAR)).

Jorge Huertas Colomina. Presidente de Fenin, Federación Española de Empresas de Tecnología Sanitaria.

José Luis López González. Presidente de la AEIH - Asociación Española de Ingeniería Hospitalaria.

Jose Ramon Luis Yague Sanchez. Profesor Asociado de la Escuela Andaluza de Salud Pública.

Martinez Fernandez-Llamazares.Cecilia. Presidenta de la Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria (SEFH).

Milagros Otero-García García. Presidenta Electa de la SERAM - Sociedad Española de Radiología Médica.

Florentino Pérez Raya. Presidente del Consejo General de Enfermería de España.

Isabel Pineros Andrés. Directora de Prestación Farmacéutica y Acceso de la Asociación Nacional Empresarial de la Industria Farmacéutica Farmaindustria.

José Polo García. Presidente de la Sociedad Española de Médicos de Atención Primaria (SEMERGEN).

Carlos Rus. Presidente de la Alianza de la Sanidad Privada Española (ASPE).

Francisco Santolaya Ochando. Presidente del Consejo General de la Psicología de España.

José Soto Bonel. Presidente de SEDISA - Sociedad Española de Directivos de la Salud.

José María Pino García. Presidente-Editor de Redacción Médica.



25
06
2024

OFELIA DE LORENZO CONDUCE LA JORNADA DEDICADA A LA MEDIACIÓN DENTRO DE LA II EDICIÓN DE LOS CURSOS DE VERANO DE PROMEDE


Por este motivo, en una entrevista concedida a Diario Médico & Correo Farmacéutico explica que "existía cierto miedo por parte de las Administraciones y de los propios administrados a la solución extrajudicial de conflictos, pero en los últimos años se está produciendo un cambio cultural de los distintos agentes, que ha derivado en una mayor aceptación e incluso búsqueda de la resolución extrajudicial de conflictos sanitarios, tanto en el ámbito de la responsabilidad patrimonial de la Administración como en el ámbito privado".

También señala que "la publicación de la Ley 39/2015 y en concreto el artículo 86 que permite la terminación convencional ha servido de gran ayuda para que la Administración acepte esta forma de solución del conflicto sanitario. Unido a lo anterior, los principios en los que se basa la resolución extrajudicial de conflictos, la transparencia, confidencialidad e independencia a la hora de abordar los asuntos, favorece y potencia dicha vía al dar una seguridad a las partes".

Está previsto que intervengan como ponentes en el curso: Yolanda Aguilar, jefe de División de Coordinación Administrativa, en la Dirección General de Salud Pública, de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid; Rafael Caravantes, responsable de pólizas de Salud Berkshire Hathaway Specialty Insurance; MARIA RODRIGUEZ DE ALBA GALOFRE, directora médico de RS de PROMEDE, perito médico y profesora de la Universidad Camilo José Cela, y Maite Espina Castrillo Espina, directora del Área Jurídica del Grupo HM Hospitales.



Diario Médico

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21
05
2024

LA SANIDAD ESTUDIA JUDICIALIZAR EL CONTROL A LA AUTONOMÍA DE SUS COLEGIOS


Organizaciones colegiales de naturaleza sanitaria sopesan recurrir, mediante la vía contencioso-administrativa, la reforma normativa del Gobierno que atribuye a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) la potestad de evaluar sus códigos deontológicos antes de su aprobación. Diferentes asociaciones médicas y enfermeras vienen denunciando que esta injerencia de la autoridad estatal estaría “fuera de la Ley”, y añaden que se asienta sobre unos presupuestos “que no son existentes”.

En el último tercio del pasado año, el Gobierno alumbró este real decreto con el que daba respuesta a la Directiva 2018/958 del Parlamento Europeo y del Consejo. Dicha norma, que fue ratificada a través del Boletín Oficial del Estado (BOE) este mismo mayo, establece que consejos generales y colegios profesionales de ámbito nacional “someterán sus propuestas de códigos deontológicos o de modificación de los mismos” al escrutinio de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) “para su evaluación antes de su aprobación”.

Consultado sobre esta voluntad de las organizaciones de profesionales, Ricardo De Lorenzo, presidente del bufete De Lorenzo Abogados, explica a Redacción Médica que dicha vigilancia preventiva de la CNMC “infringe de forma palmaria y manifiesta el principio de autonomía normativa” de la Ley de Colegios Profesionales, que, añade, “no contempla ningún control externo de la legalidad en la elaboración y aprobación de los códigos deontológicos, exentos como están de cualquier injerencia administrativa”.

El letrado destaca que los estatutos generales son las únicas disposiciones normativas de las corporaciones colegiales “sujetas a un control de legalidad” que efectúa el Gobierno o Ministerio de adscripción con arreglo a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y la doctrina legal del Consejo de Estado. La nueva normativa, continúa, “asimila” a los códigos deontológicos esta vigilancia, aunque no por parte del Ejecutivo “sino por la autoridad estatal de competencia”.

“Creo que se está olvidando que estamos ante la figura de la corporación colegial como entidad de derecho público, con potestades públicas atribuidas por la ley, con un estructura y funcionamiento que es sectorial pero amparada por la Constitución Española y que se sitúan entre la Administración del Estado o la Administración autonómica y el administrado”, sentencia.

"Falta de independencia" de los colegios profesionales

Acerca de la necesidad de reforzar el control sobre este tipo de organizaciones, De Lorenzo se muestra tajante: “No hay ninguna —señala—. Únicamente ellas pueden garantizar la neutralidad en la aplicación de la normativa colegial y asegurar que en todo momento se respete y se proteja la independencia en la actuación facultativa de sus miembros, en el caso de los sanitarios”. Además, incide en que la independencia de los facultativos en el ejercicio de su profesión, su ética profesional y su responsabilidad deontológica y médica “exige un control independiente” ejercido por los colegios.

“El control deontológico que pudiera llevar a efecto la Administración frente a estos profesionales que trabajan o prestan sus servicios profesionales para ella choca con el grave inconveniente de la falta de independencia e imparcialidad de aquella, al tener que actuar en tales casos como enjuiciadora y parte”, concluye el también expresidente de la Asociación Española de Derecho Sanitario (AEDS). A ello cabe añadir que el régimen sancionador que la autoridad estatal de competencia tuviera previsto “contemplaría una tipología de infracciones relacionadas con el vínculo que le une con el profesional funcionario y no con el propio acto profesional”.

En definitiva, subraya, “la nueva norma no se ajusta a Derecho”. “Ni los códigos deontológicos en general ni el de la Organización Médica Colegial, de reciente aprobación, reúnen las condiciones para ser sometidas durante su proceso de elaboración a una evaluación previa de proporcionalidad”, defiende.

De Lorenzo recuerda las palabras de Antonio Pedrol Rius, senador y jurista ya fallecido, abogando por la constitucionalización de los Colegios: “Cuando yo voy a ver a un médico le entrego, en una relación ilimitada de confianza por mi parte, mi salud y mi vida. Cuando un cliente viene a mi despacho, él me entrega, en esa relación de ilimitada confianza, su libertad, su honor y su patrimonio. Y cuando por parte del cliente se produce hacia el profesional esa entrega, como digo, tan ilimitada de confianza, es necesario que equilibremos esa relación, asegurando que el profesional respetará con honestidad las reglas propias de la deontología de cada una de esas profesiones”.

Redacción Médica

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07
03
2024

OFELIA DE LORENZO: "HAY MUCHOS AVANCES EN CONCILIACIÓN. PERO EN MATERIA DE #PROTECCIÓN NOS ENCONTRAMOS CON DISPARIDAD ABSOLUTA TANTO ENTRE COMUNIDADES AUTÓNOMAS COMO EN RESOLUCIONES"


En el marco de la jornada ‘Mujer y profesión médica’ organizada por la Organización Médica Colegial con motivo del día internacional de la mujer, tuvo lugar la mesa de debate ‘Análisis de la normativa sobre igualdad y conciliación en la profesión médica’.

En esta, participaron Ofelia De Lorenzo, presidenta de la Asociación Española de Derecho Sanitario (AEDS) y Mª Cruz Torres, letrada-asesora laboral del Colegio de Médicos de Alicante. Pilar Garzón, presidenta del Colegio de Médicos de Ourense, moderó esta mesa.

Ofelia De Lorenzo hizo hincapié en la importancia de “tener información, formación y dar ejemplo, sobre todo, quienes tenemos un puesto de liderazgo”.

“Estoy convencida de que en mi generación (45 en adelante) casi todas las que tenemos un cargo de responsabilidad tenemos el síndrome de la impostora”, señaló. Un síndrome que va unido al miedo a ejercitar derechos, “al qué dirán”, y que, a su vez, está ligado a la falta de información, especificó la presidenta de la AEDS.

“A efectos de conciliación se ha avanzado muchísimo y cada vez hay una mayor solicitud de aplicación de la Ley de familias”. Una norma que tiene el objetivo de promover la igualdad, y que “el efecto que creemos que ha tenido en las plantillas sanitarias ha sido el de promover la corresponsabilidad”, añadió la abogada.

Asimismo, la experta ofreció algunas pinceladas de aspectos que prevé esta nueva Ley:

Permiso no retribuido de ocho semanas para el cuidado de menores de acogida.

Permiso especial por fuerza mayor de cuatro días al año (retribuido)

Ampliación del permiso retribuido por enfermedad atender a familiares, cónyuge, pareja de hecho o parientes de hasta segundo grado, que ahora tiene una duración de hasta 5 días

Extensión del permiso de matrimonio de 15 días naturales a las parejas de hecho

Modificación en la solicitud de adaptación de jornada

Causas nuevas de nulidad de despido

Aunque “a efectos prácticos esta ley puede tener un efecto negativo para la empresa. La realidad es que obliga a que las empresas abran los ojos y se actualicen”. Para equiparar los derechos de mujeres y hombres, las empresas deber prever y planificar en materia de recursos humanos, y evitar sobrecargar a los trabajadores, indicó De Lorenzo.

“En materia de protección nos encontramos con disparidad absoluta tanto entre comunidades autónomas como con el hecho de que se pueda judicializar un procedimiento, y con que un juez o jueza pueda entender una cosa, y otro algo totalmente distinto”.

De acuerdo con esta experta, cualquier cambio de mentalidad o de cultura “es una carrera de fondo. Tenemos que pelear para que sea normal que una mujer llegue a un puesto de liderazgo o para que un padre se coja su baja de paternidad y no pongamos cara de asombro. Llegará, y es cuestión de seguir avanzando. Si no se protegen las situaciones inherentes a la mujer como puede ser el embarazo, se da una discriminación”, concluyó.



Médicos y Pacientes

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30
01
2024

EL INFORME DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL REFRENDA LA FALTA DE VIABILIDAD JURÍDICA DEL PROYECTO DE REAL DECRETO RELATIVO AL TEST DE PROPORCIONALIDAD EXPRESADA POR EL CGCOM


El Consejo de Estado será quién tenga la última palabra sobre el Real Decreto que quiere atribuir a la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) la capacidad de realizar una evaluación previa a la aprobación de los códigos deontológicos de los colegios y consejos profesionales generó un rechazo inmediato por parte de estos.

En un informe al que ha tenido acceso Redacción Médica, en el que director jurídico del Consejo General de Médicos, Ricardo De Lorenzo y Montero , analiza la repercusión de los informes sobre el RD emitidos por el Consejo Económico Social (CES) y la propia @CNMC. El profesional explica que el proyecto "va a continuar su decurso" y que "la suerte y contenido final del proyecto dependerá con bastante probabilidad del pronunciamiento del Consejo de Estado" aunque, recuerda el resultado es "es preceptivo y no obstante su carácter no vinculante". Además, De Lorenzo, ha recalcado que "la iniciativa indicada modificatoria del Real Decreto 472/2021, no se ajusta a Derecho".

De Lorenzo explica en el documento que, aunque el CES es más crítico con el borrador, ninguna de las organizaciones apoya directamente la retirada del RD algo que, desde la OMC, aseguran que tendrá como resultado que el proyecto llegue a la tramitación. De esta manera, hace hincapié en que la responsabilidad final, por el momento, recae en el Consejo de Estado.

Falta de transparencia en el proceso

Por otro lado, el análisis de la organización médica destaca la falta de transparencia del RD en relación con los requerimientos europeos para adaptar nuestra normativa, razón principal del cambio planteado por el Gobierno. El abogado recuerda que "la publicación de ambos informes revela que esta iniciativa normativa es consecuencia última de la emisión por la Comisión Europea de un dictamen motivado en el que considera que se ha producido un defecto en la transposición de la Directiva (UE) 2018/958 al estimar que los códigos deontológicos de los Colegios Profesionales no se someten a una evaluación objetiva e independiente en el marco de test de proporcionalidad". Algo relevante pues, según refleja el documento de la OMC, esta es "una noticia que en ningún momento fue puesta de manifiesto durante el trámite de consulta practicado y al que, injustificadamente, ni siquiera se hacía referencia en la exposición de motivos del Proyecto de Real Decreto".

De esta manera, pone en valor la lectura que hace el CES, que critica que "hubiera sido deseable acompañar a la solicitud de dictamen la Carta de emplazamiento remitida a España por la Comisión para comunicar la apertura de un procedimiento de infracción y la respuesta a la misma". Esta omisión, aseguran desde el CES "dificulta en gran medida valorar el alcance concreto de los requerimientos del organismo europeo, así como ponderar la idoneidad del procedimiento que articula el Proyecto para darles satisfacción".

Contradicción en el RD

Asimismo, De Lorenzo analiza las conclusiones de la CNMC y destaca dos de sus valoraciones, indicando que la primera "evidencia una contradicción lógica que no se salva". En este caso se refiere a que los Colegios Profesionales no deberían ser considerados a priori como "autoridades competentes para la regulación", lo que no era óbice a que el Dictamen de la Comisión Europea detectara la "potencialidad regulatoria de los códigos deontológicos". Esto es algo que, a juicio de la CNMC "podría entenderse como una extralimitación de las competencias de las corporaciones por lo que compartía la necesidad de establecer medidas para evitar efectos indeseados".

La segunda valoración tiene relación con la función de evaluación de los Colegios. El informe de la CNMC refleja que esta "debería abarcar también a los códigos deontológicos ya aprobados y no solo como hace el Proyecto a las nuevas propuestas de modificación". Una situación que, aseguran desde la OMC, "entrañaría una aplicación retroactiva de sus disposiciones, que no debería tener mucho recorrido en la elaboración de la disposición".

Redacción Médica

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