Nuevas obligaciones de información en los contratos de trabajo a partir del 5 de octubre
El 15 de septiembre de 2026 se ha publicado en el BOE el Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre, que amplía las obligaciones de información que las empresas deben facilitar a las personas trabajadoras sobre las condiciones esenciales de su relación laboral.
La nueva regulación, que entrará en vigor el próximo 5 de octubre, sustituye al régimen vigente hasta ahora y refuerza las exigencias de transparencia en la contratación laboral.
Más información sobre las condiciones laborales
Entre las principales novedades, las empresas deberán facilitar información más detallada sobre aspectos como la retribución y sus distintos componentes, la duración y distribución de la jornada, los horarios y turnos, el periodo de prueba, las vacaciones, el convenio colectivo aplicable o los procedimientos y plazos relacionados con la extinción del contrato.
La norma incorpora además nuevas obligaciones vinculadas a la digitalización de las relaciones laborales. En particular, cuando la empresa utilice sistemas automatizados, algoritmos o herramientas de inteligencia artificial que intervengan en decisiones que puedan afectar a las condiciones de trabajo, deberá informarse a las personas trabajadoras sobre su utilización y sobre los criterios o reglas que condicionen dichas decisiones.
También se amplía la información que deberá facilitarse en materia de igual.
¿Qué ocurre con los contratos ya vigentes?
Para las nuevas contrataciones, la información deberá facilitarse antes del inicio de la prestación de servicios, pudiendo incorporarse al propio contrato o recogerse en documentación complementaria.
En cuanto a las relaciones laborales que ya se encuentren vigentes, la entrada en vigor de la norma no obliga, con carácter general, a rehacer todos los contratos. No obstante, los trabajadores podrán solicitar la información prevista en la nueva regulación y, cuando no dispongan ya de ella, la empresa deberá facilitársela en el plazo establecido legalmente.
Asimismo, las modificaciones posteriores de las condiciones sobre las que existe obligación de informar deberán comunicarse de forma expresa y dentro de los plazos dad, prevención del acoso, conciliación, Seguridad Social y sistemas de previsión social.previstos en la nueva regulación.
Revisión de la documentación antes del 5 de octubre
La aprobación del Real Decreto aconseja que las empresas aprovechen las próximas semanas para revisar sus modelos de contrato, anexos y documentación de incorporación de nuevos trabajadores, con el objetivo de adaptarlos antes de su entrada en vigor el próximo 5 de octubre de 2026.


