El anteproyecto de Ley, atiende a una reclamación generalizada de los operadores económicos, de las patronales empresariales y de los inversores, tanto nacionales como extranjeros demandando introducir una mayor simplificación administrativa en España. El Consejo Europeo, en sus Recomendaciones a España en el procedimiento del Semestre Europeo, establecía la necesidad de «eliminar los múltiples obstáculos al ejercicio de la actividad resultantes de la existencia de normas múltiples y superpuestas establecidas por los distintos niveles de Gobierno”, consecuencia de la sobreabundancia normativa, que viene siendo un claro desincentivo a la inversión extranjera, que hace aumentar la inseguridad jurídica impidiendo a las empresas beneficiarse de las economías de escala, lo que perjudica la competitividad de nuestra economía y se traduce en destrucción de empleo.
Una vez que se apruebe esta Ley su afectación a los colegios profesionales sanitarios hará que los colegiados sólo tendrán que pagar en una provincia para ejercer su actividad profesional en toda España sin necesidad de abonar tasas en los colegios de otras provincias. El departamento de Análisis Macroeconómico del Ministerio de Economía y Competitividad estima que la aprobación de esta Ley supondrá eliminar en la práctica el coste de las empresas de tener que someterse hasta a 17 regulaciones distintas para operar en toda España, lo que podrá suponer un aumento total del PIB del 1,52 por 100 en un periodo de diez años. El aumento sería aproximadamente, del 0,15 por 100 PIB anual los primeros diez años, en torno a 1.500 millones de euros.
El anteproyecto contempla la creación de un Consejo para la Unidad de Mercado, un órgano de cooperación administrativa para velar por el cumplimiento de la ley. El Consejo estará presidido por el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas y contará con la participación de los consejeros del ramo de las Comunidades Autónomas. También formarán parte del Consejo la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, que ocupará la Secretaría, la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y la Subsecretaría de Presidencia.
Este Consejo tendrá las funciones de racionalizar la normativa e impulsar cambios para la eliminación de obstáculos a la unidad de mercado. También hará seguimiento de los mecanismos de cooperación y en particular velará por la efectiva integración de los registros sectoriales. Coordinará igualmente la actividad desarrollada por las conferencias sectoriales en materia de unidad de mercado. La Secretaría del Consejo, entre otras funciones, elaborará un informe periódico de análisis y evaluación de la situación regulatoria del mercado.
Este Anteproyecto habilita, por primera vez, a los operadores a acudir a la futura Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en caso de que entiendan que actos o sanciones de las Administraciones Públicas vulneran la unidad de mercado y por tanto obstaculizan la libre circulación de sus productos o servicios. Dicha Comisión Nacional deberá decidir en un plazo de cinco días sobre la procedencia de la solicitud. Si la admite a trámite, el organismo interpondrá recurso ante autoridad judicial, lo que podrá significar la suspensión automática del acto recurrido. De esta forma, se evitan los costes de tiempo y dinero que suponen a las empresas y profesionales esperar a una resolución judicial para ejercer sus actividades económicas.
Por otro lado, para garantizar la igualdad de condiciones de las empresas y profesionales en todo el territorio nacional, esta Ley incluye el principio de no discriminación. Esto evita, por ejemplo, que sea requisito necesario para dar una autorización a una empresa que los empleados de ésta hayan recibido cursos de formación en esa Comunidad Autónoma.
Publicado en Redacción Médica el Martes, 29 de enero de 2013. Número 1835. Año IX.