RECONOCIMIENTO JUDICIAL DE LOS TRIENIOS GENERADOS DURANTE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL FUNDAMENTADO EN LA JURISPRUDENCIA EUROPEA
El Juzgado Contencioso número 31 de Madrid ha vuelto a recordar que el personal estatutario tiene derecho a que se le reconozcan y, por tanto, se le paguen los trienios generados durante su actividad profesional. El fallo condena al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) a pagar a un médico especialista en Oftalmología el importe de los trienios debidos, fundamentándose en la jurisprudencia europea que interpreta la Directiva 1999/70, por la que se aprobaba Acuerdo Marco para garantizar la igualdad de trato a los trabajadores con un contrato de duración determinada, protegiéndolos contra la discriminación y estableciendo un conjunto de condiciones mínimas que garantizaran la aplicación de esos principios, así como en la aplicación del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) de 2007.
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